Lic. Mariana Cruz Contreras

mcc.azul.@gmail.com

Tel.
55 9499 3249
09:00 a15:00 horas



Dirección Unidad de Transparencia:

Morelia No. 21
Col. Roma Norte
Alcaldía Cuauhtémoc
Ciudad de México
C.P. 06700
Contacto y Ubicación de la
Unidad de Transparencia
Unidad de Transparencia del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Economía
Las funciones de la Unidad de Transparencia:

Ser el enlace con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, asi mismo difundir la información y Obligaciones previstas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la informacion Pública

- Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información.
- Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información.
- Efectuar las notificaciones a los solicitantes.
- Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad.
- Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del Sindicato.
Reuniones Ordinarias y Extraordinarias de la Unidad de Enlace de Transparencia con el INAI
Artículo 65
Artículo 77
Los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos deberán mantener actualizada y accesible, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios internet, la información aplicable del artículo 65 de esta Ley, la señalada en el artículo anterior y la siguiente:
Las autoridades administrativas y jurisdiccionales en materia laboral deberán poner a disposición del público y mantener actualizada y accesible, la siguiente información de los sindicatos siguiente:
Morelia No. 21
Col. Roma Norte
Alcaldía Cuauhtémoc
Ciudad de México
C.P. 06700
info@sntse-economia.org
Tel. 55 55 25 29 39,  55 91 36 18 45

PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Organigrama Vigente
Facultades de cada Área
Estatutos Vigentes
Toma de Nota
Marco Normativo
Comité de Transparencia
LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
LEY FEDERAL DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE PARTICULARES
LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, Reglamentaria del apartado b) del Articulo 123 Constitucional
Inicio Quienes Somos Directorio Transparencia Organización Capacitación Premios Acción Educativa
Transparencia
Condiciones Generales de Trabajo



“Consulta las denuncias presentadas por las personas ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en contra del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Economía, por el incumplimiento y/o falta de actualización de las Obligaciones de Transparencia previstas en los artículos 70 a 83 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 69 a 76 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública desde el año 2021-2023.

 

Ejercicio 2024

En los meses de Enero a  Diciembre, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos Personales (INAI), no emitió ninguna resolución sobre Denuncias de Obligaciones de Transparencia en contra de este Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Economía”.

 

Ejercicio 2025

En los meses de Enero a  Marzo, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la información y Protección de Datos Personales (INAI), no emitió ninguna resolución sobre Denuncias de Obligaciones de Transparencia en contra de este Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Economía”.

 

 

“En los meses de Abril a Diciembre, no se emitió ninguna resolución sobre Denuncias de Obligaciones de Transparencia en contra de este Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Economía”.

 

 

I. Contratos y convenios entre sindicatos y autoridades;


II. El directorio del Comité Ejecutivo, y


III. La relación detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban y el informe detallado del ejercicio y destino final de los recursos públicos que ejerzan.

Artículo 78

I. Los documentos del registro de los sindicatos, que deberán contener, entre otros:


a) El domicilio;


b) Número de registro;


c) Nombre del sindicato;


d) Nombre de los integrantes del comité ejecutivo y comisiones que ejerzan funciones de vigilancia;


e) Fecha de vigencia del comité ejecutivo;


 f) Número de socios;


g) Centro de trabajo al que pertenezcan, y


h) Central a la que pertenezcan, en su caso;


II. Las tomas de nota;


III. El estatuto;


IV. Las actas de asamblea;


V. Los reglamentos interiores de trabajo;


VI. Los contratos colectivos, incluyendo el tabulador, convenios y las condiciones generales de trabajo, y VII. Todos los documentos contenidos en el Expediente de registro sindical y de contratos colectivos de trabajo.

I. El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros;


II. Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada persona servidora pública y/o persona prestadora de servicios profesionales miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables;


III. Las facultades de cada área;


VIII. Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente;


XII. El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;


XVIII. Los servicios y trámites que ofrecen, incluyendo sus requisitos, en los sistemas habilitados para ello, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.


XXI. Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial que permita identificar el tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña;


XXII. Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan;


XXV. Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando las personas titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto, nombre o razón social de la persona titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos;


XXVII. Los informes que generen de conformidad con las disposiciones jurídicas;


XXVIII. Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones;


XXXII. El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad;


XXXVII. Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;


XXXIX. Los estudios financiados con recursos públicos;


XLIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental;


XLVI. Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, y la que se encuentre prevista en otras disposiciones jurídicas aplicables.


Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

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